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TRABAJO · ANALISIS

93,000 jubilados en riesgo: la reforma que puede recortar hasta el 60% de las pensiones de Pemex, CFE y paraestatales

La reforma al Artículo 127 pone tope de $70,000 a pensiones de paraestatales. Más de 93,000 jubilados de Pemex, CFE y Luz y Fuerza podrían perder hasta el 60% de su pensión. Hoy marchan en CDMX.

Redacción Pluma de Quetzal Redacción Pluma de Quetzal Periodista
7 min de lectura

Este miércoles 22 de abril, cientos de jubilados y pensionados de Pemex, CFE, Banobras y Luz y Fuerza del Centro marcharon del Monumento a la Revolución al Zócalo de la Ciudad de México. Su destino: la Secretaría de Gobernación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Palacio Nacional. Su demanda: que no les recorten la pensión que ganaron con décadas de trabajo.

Es la segunda movilización masiva en menos de una semana. El 17 de abril, 700 jubilados tomaron Paseo de la Reforma con la misma consigna: «Mi pensión es ganada, no regalada».

La reforma que lo detonó todo

El 10 de abril de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó la reforma al Artículo 127 constitucional. En esencia, establece que ninguna pensión de servidor público de confianza de organismos descentralizados, empresas del Estado o entidades paraestatales podrá superar la mitad del sueldo de la Presidencia de la República: aproximadamente 70,000 pesos mensuales.

La reforma fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados el 25 de marzo y ratificada por el Senado al día siguiente. El argumento oficial: acabar con las llamadas «pensiones doradas» de exfuncionarios que cobran cifras millonarias del erario.

Cronología de la reforma al Artículo 127: del Congreso a las marchas

93,000 jubilados en la línea de fuego

Según un análisis de El Financiero, más de 93,000 jubilados de Pemex, CFE, Banobras y Luz y Fuerza del Centro podrían enfrentar recortes de hasta el 60% en sus pensiones. Las cifras por institución revelan la magnitud del problema:

~100,000 jubilados de Pemex rebasarían el nuevo tope establecido por la reforma

En la CFE, se identificaron 2,199 pensionados que reciben montos superiores al límite. En Luz y Fuerza del Centro, 3,504 exfuncionarios de confianza cobran más que el sueldo neto mensual de la presidenta Claudia Sheinbaum. Algunos perciben entre 100,000 y un millón de pesos mensuales.

93,000 jubilados en riesgo de perder hasta el 60% de su pensión

¿Pensiones doradas o derechos ganados?

Aquí es donde la narrativa oficial se complica. El gobierno presenta la reforma como un acto de justicia: acabar con los privilegios obscenos de exdirectores y altos mandos que se jubilaron con pensiones millonarias. Y en muchos casos, tienen razón: hay pensiones de medio millón de pesos que no tienen justificación posible.

Pero la reforma no distingue entre el exdirector que cobra 500,000 pesos y el técnico electricista que, después de 35 años en la CFE, recibe 85,000 pesos. Para la ley, ambos son «pensiones doradas». Para el trabajador de base, es el fruto de toda una vida de servicio.

«No todos tenemos jubilaciones doradas. Nos estigmatizaron sin hacer distinciones. Muchos de nosotros somos trabajadores de base que cotizamos más de 30 años.» — Jubilado de CFE en Puebla, entrevistado por La Jornada de Oriente

El problema de fondo: la retroactividad

El punto más delicado de la reforma es su aplicación retroactiva. Las pensiones ya otorgadas —pactadas bajo un marco legal vigente al momento de la jubilación— deberán ajustarse al nuevo tope. Esto significa que a un jubilado que lleva 10 años cobrando su pensión, de un día para otro le pueden recortar el 60%.

Expertos consultados por Infobae señalan que la retroactividad abre un precedente peligroso: si hoy el Estado puede modificar un derecho adquirido de los jubilados, mañana puede hacerlo con cualquier prestación laboral vigente. La certeza jurídica de todos los trabajadores queda en entredicho.

El Frente Nacional de Defensa

Tras la aprobación de la reforma, sindicatos y organizaciones de jubilados crearon el Frente Nacional en Defensa de las Pensiones y Jubilaciones, integrado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), el Sindicato Nacional de Técnicos y Profesionales Petroleros (UNTPP) y la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores de la República Mexicana.

El Frente acordó realizar movilizaciones el día 11 de cada mes en distintas ciudades del país. Y lanzaron una advertencia que eleva la presión: si el gobierno no atiende sus demandas, habrá protestas durante el Mundial de futbol 2026, que se celebra en México a partir de junio.

Si hoy le recortan la pensión al que ya cumplió 30 años, ¿mañana qué garantía tienes tú?

Lo que viene

El Congreso tiene 90 días naturales a partir de la publicación en el DOF para adecuar el marco jurídico secundario. Eso da plazo hasta julio de 2026. Mientras tanto, cientos de jubilados en Puebla ya anunciaron que recurrirán a amparos individuales. El frente nacional prepara más marchas. Y la pregunta sigue en el aire:

Actualización septiembre 2026: el tope subió a $134,290 y la ley secundaria lleva 76 días de retraso

Cinco meses después de aquella marcha, la reforma al Artículo 127 ya no se lee igual. El 10 de junio de 2026, por instrucción del Ejecutivo federal y con la Secretaría de Gobernación como mediadora, Pemex y Bancomext pactaron con sus asociaciones de jubilados elevar el tope de pensión de los ~$70,000 iniciales a $134,290 mensuales, con una nómina extraordinaria para pagar las diferencias retenidas. Es un avance real y hay que decirlo: según El CEO, el ajuste alcanza a cerca del 83% de los jubilados afectados. Pero el acuerdo es administrativo, no legal: el plazo constitucional de 90 días naturales para que el Congreso adecuara la legislación secundaria venció el 9 de julio de 2026 y hoy, 23 de septiembre, lleva 76 días sin cumplirse.

Estatus de la reforma al Artículo 127, paso por paso

EtapaQué pasó y qué cambia para los jubilados de Pemex y CFEFechaFuente
Aprobación en DiputadosSe aprueba por unanimidad el tope de pensiones de entidades públicas a la mitad de la remuneración de la Presidencia25 de marzo de 2026DOF 10/04/2026 (decreto 5784617)
Ratificación en el SenadoRatificada al día siguiente; queda cerrada la vía del amparo contra la reforma por ser norma constitucional26 de marzo de 2026DOF 10/04/2026; La Silla Rota 13/04/2026
Publicación en el DOFEntra en vigor y abre el plazo de 90 días naturales para la legislación secundaria10 de abril de 2026DOF y SIDOF, decreto 5784617
Concentración de amparosEl Poder Judicial federal ordena concentrar en juzgados de la CDMX los amparos contra el tope21 de abril de 2026LatinUS 21/04/2026
Aplicación del tope inicialSe aplica el corte de ~$70,000 mensuales; los jubilados reportan recortes de hasta 60%30 de abril de 2026Energía y Ecología 2026; Infobae 29/05/2026
Amparos desechadosJueces federales desechan los amparos: una reforma constitucional no puede declararse inconstitucional. Queda la vía de la queja ante tribunales colegiados9 de junio de 2026Diario.mx 09/06/2026; Grupo Animal 2026
Nuevo tope pactadoPemex y Bancomext acuerdan con sus asociaciones de jubilados subir el tope a $134,290 mensuales y pagar diferencias con nómina extraordinaria10 de junio de 2026El CEO 10/06/2026; am.com.mx 11/06/2026; La Silla Rota 15/06/2026
Vence el plazo constitucionalSe cumplen los 90 días naturales sin ley secundaria publicada: el tope de cada jubilado depende de un acuerdo administrativo, no de una norma9 de julio de 2026Cómputo sobre el decreto del DOF 10/04/2026
Iniciativa del PRIRubén Moreira Valdez y Noel Chávez Velázquez proponen corregir el artículo segundo transitorio para que el tope no aplique a jubilaciones pactadas en contratos colectivosJulio de 2026 (difundida el 31/08/2026)Sociedad Noticias 31/08/2026
Iniciativa ciudadanaLa Alianza Nacional de Jubilados entrega en San Lázaro una iniciativa con más de 200,000 firmas contra la aplicación retroactiva1 de septiembre de 2026La Opinión 2026 (Víctor Manuel Rojas Huidobro)

La lectura es incómoda para las dos versiones del conflicto. Quien defendía la reforma como un corte a las pensiones doradas tiene que explicar por qué, tres meses después, el tope real quedó en 14.2 salarios mínimos mensuales y no en los 7.4 que fijó el decreto. Y quien la combatía tiene que reconocer que el alivio llegó por una mesa de negociación con Gobernación, no por un derecho exigible: lo que se pactó en junio se puede volver a mover, porque la ley que debía darle forma al Artículo 127 no existe desde hace 76 días. Las cifras de los tres últimos renglones —las dos iniciativas y el porcentaje de beneficiados— provienen cada una de una sola fuente y se citan atribuidas.

Fuentes: DOF y SIDOF, decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional, 10 de abril de 2026; LatinUS, 21 de abril de 2026; Infobae, 29 de mayo de 2026; Diario.mx, 9 de junio de 2026; El CEO, 10 de junio de 2026; am.com.mx, 11 de junio de 2026; La Silla Rota, 13 de abril y 15 de junio de 2026; Sociedad Noticias, 31 de agosto de 2026; La Opinión, septiembre de 2026; CONASAMI (salario mínimo general 2026: $315.04 diarios). Actualizado el 23 de septiembre de 2026.

La cuenta abierta

Las preguntas que Juan Carlos Carpio Fragoso, director general de Petróleos Mexicanos, aún no responde:

  1. ¿A cuántos de los cerca de 100,000 jubilados de Pemex que rebasaban el tope se les aplicó el nuevo límite de $134,290 al mes, y a cuántos se les sigue pagando por debajo de esa cifra cinco meses después del recorte del 30 de abril?
  2. ¿Cuánto suma la nómina extraordinaria pactada el 10 de junio de 2026 para devolver las diferencias retenidas, y en qué fecha quedó liquidada hasta el último jubilado?
  3. Si la legislación secundaria del Artículo 127 lleva 76 días vencida desde el 9 de julio, ¿qué instrumento jurídico —y no administrativo— garantiza que el tope de $134,290 no vuelva a bajar a los $70,000 del decreto?